sábado, 9 de junio de 2012

EL MUNDO VA CAMINO HACIA UNA NUEVA MORAL.

James Inhofe: "No existe ningún proyecto sobre el matrimonio gay".

Las declaraciones del Presidente Barak Obama a favor del matrimonio homosexual es solamente un globo de ensayo.

“No existe ningún proyecto al respecto: ni siquiera ha presentado alguna iniciativa en tal sentido”. Así lo afirmo desde Washington para El Nacional, el Senador Republicano del estado de Oklahoma James Inhofe. Mientras ríos de tinta se vierten en las páginas de los diarios y millones de direcciones en la web de todo el mundo se hacen eco.

Obama, sigue tomando el pulso a la sociedad norteamericana para conocer cual es la respuesta a su posible proyecto y a quienes simpatizan para cerrar filas apostando el Sillón de George Washington para su reelección. Esta apuesta colisiona con los valores, religiosos, éticos, moral y legal. Es innegable la necesidad de legislar sobre estas situaciones y los desafíos que nos propone el desarrollo de nuestra sociedad con nuevas normas que contemplen e incluyan a todos en el ejercicio de sus legítimos derechos.

No estamos discutiendo la homosexualidad o la heterosexualidad no entendidas como categorización de las personas sino como clasificaciones estadísticas del orden sexual. En esos términos, obviamente, la diferencia es lo primero que se reconoce. No hay duda alguna que la orientación sexual ha ingresado con fuerza al ordenamiento jurídico, intentando ahora hacer su entrada por el lugar más difícil pero elocuente, como lo es la ley que regula el matrimonio a través del capitolio”.

Lo que es que la comunidad gay pide la igualdad y reconocimiento del matrimonio igualitario y hacer una familia homoparental, por tanto, esa igualdad no se la puede otorgar por que las diferencias se notan; y este es el meollo de la cuestión. No por discriminación, sino por su categorización. Se debe hallar un punto de encuentros para las posibles soluciones

La pregunta es con esta fragmentación en la que se hallan los gay qué se hace con ellos, donde se los ubica, se hallan en todas las capas familiares , sociales y hasta en los estamentos del poder. ¿Se le da los derechos o no? la mitad de los parlamentos del mundo se resisten en darle sus derechos, pero la otra mitad quiere encontrar una solución, pero. ¿Cuál es la solución? Porque lo legal esta un callejón apretado para dar la nueva forma jurídica. Quienes son abogados saben –y quienes no lo son, deberán saberlo– que cuando se toca determinados plexos legales, se debe modificar un sólido andamiaje legal ante esta reforma. Pero para llegar a esto,  se debe llegar a un consenso y partir del reconocimiento de este hecho, y tomar esa decisión que sea lo menos traumática posible. Aquí se está disputando acerca de su valoración a los fines de reformar la ley de matrimonio civil o no.


Uniones Civiles en el mundo
Entre tanto, 20 países en el mundo tienen unión civil. Dinamarca, Israel, Hungría, Francia, Alemania, Croacia, Luxemburgo, el Reino Unido, Andorra, Nueva Zelandia, la República Checa, Uruguay, Colombia, entre otros Buenos Aires, Capital Federal.

Estamos en una sociedad en la que hay una gran hipocresía: La basura se mete debajo de la alfombra y no se la saca de ahí. Porque aquí hay diferencia entre ambas categorizaciones los derechos del matrimonio heterosexual y los del homoparental. Porque si aceptamos  en este punto que no hay diferencia y todo son iguales, errarnos en la categorización de esos derechos. Del mismo modo, que existen leyes para personas discapacitadas, y tienen una ley especial para ellos, o como ley especial para retirados nos damos cuenta que es otra categorización. ¿Se puede entender como discriminación esta situación?. ¡De ninguna manera!. Del mismo modo, es la unión de parejas homoparentales. Es otra categorización de la unión entre personas.

Debemos reconocer que estamos frente a un Nuevo modelo social de categorizaciones. NO de matrimonios. La unión civil será la correcta porque el estado del matrimonio, se circunscribe en un hombre y una mujer. Si se la aplica a las parejas gay, se desnaturaliza el matrimonio.


Los Tratados Internacionales
El tratado internacional de Costa Rica en su Art. 17 hace referencia a la protección de la familia, abandona la conceptualización de “toda persona” y dice: Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y fundar una familia. Y no reconoce a matrimonios igualitarios. No los considera entre hombres y mujeres. Esta no es una visión aislada. Independientemente de que no se limiten entre sí, cada vez que los pactos internacionales se refieren al matrimonio, esta definición está asociada a la unión del hombre y la mujer. Este concepto es el mismo desde el Derecho Romano que esta figura se asoció a la unión de hombre y mujer.


El Fallo de la Corte Europea 
Un fallo muy conocido fue en el mismo sentido fue en Austria. El 24 de junio de 2010 la Corte Europea de los Derechos Humanos, en el caso “Kopf y Schalk” donde una pareja de homosexuales planteó que se sentían discriminados por que no se les permitía contraer matrimonio, se expidió expresamente, a través de la mayoría de sus miembros – con diversos matices, obviamente – señalando que no existía discriminación alguna, que no se veía afectado el principio de igualdad y que se debía respetar el derecho de cada uno de los Estados que integran la Unión Europea para legislar y regular sobre este tema. No hay un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que haya declarado inconstitucional el Código Civil en lo que se refiere al matrimonio heterosexual.

Esto es un ejemplo de tantos fallos en contra del matrimonio igualitario. (Homosexual).


La Igualdad Jurídica
Desde el punto de vista jurídico, tampoco tenemos que confundir los términos, porque cuando nos referimos a esto debemos señalar que, en realidad, el derecho –por definición– distingue y crea clasificaciones y categorías, por lo que hablar de igualdad jurídica significa, ante todo, que todos los individuos son iguales ante la ley pero ante las mismas condiciones y bajo las mismas circunstancias. ¿Qué implica esto? De lo que se trata es de excluir, fundamentalmente, las desigualdades arbitrarias, las irrazonables, las que están fuera del amparo y de la Constitución. En suma, aceptar la legalidad de diferenciaciones razonables no implica menoscabar el principio de igualdad jurídica. Si bien el derecho distingue y crea clasificaciones y categorías, tampoco el hecho de crear categorías o clasificaciones implica que estamos avanzando en un proceso de discriminación o de no igualdad. Esta es una pauta básica. De lo contrario, cuando creamos clasificaciones, estamos negando la diferenciación de las propias normas, que fueron creadas para diferenciar distintos aspectos no sólo de comportamiento sino, fundamentalmente, de clasificaciones y categorizaciones.

En este contexto, me parece importante tener presente lo que interpreta, en su debida contextualización la igualdad, desde el punto de vista constitucional significa, primeramente, tratar en forma igualitaria a quienes se encuentran en las mismas situaciones. En segundo lugar, esta igualdad no obliga al legislador a desconocer la diversidad de condiciones, circunstancias o consideraciones que pueden presentarse a su interpretación. Lo que la regla de la igualdad jurídica importa es que todas las personas que se encuentren afectadas por una medida, deben estar equiparadas en cuanto al derecho en la categoría, grupo o clasificación que le corresponda. Esa es la regla de la igualdad. Ahora bien; uno se pregunta ¿Cuál es el criterio para establecer categorizaciones o clasificaciones en el contexto del Derecho? El criterio es la razonabilidad y sentido común Por lo tanto, en la creación de clasificaciones, distinciones o categorías que resulten absolutamente irrazonables. Algunos dirán, ¿por qué no denominarlo “matrimonio”? ¿Cuál es el significado?

Porque algunos dicen que si no es “matrimonio”, se discrimina o no se garantiza la igualdad; no, no es así, porque el matrimonio, desde su definición y conceptualización etimológica, tiene que ver con la unión de un hombre con una mujer, en primer lugar. En segundo lugar, es una caracterización ontológica. El ser del nombre “matrimonio” lo constituye el hombre y la mujer. Como se ha leído mas arriba. De lo contrario, denominémosle de otra manera, pero no “matrimonio”, si se avanza y se permite que personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio, estamos destruyendo esta figura, que es otro tema en el contexto del Derecho.


La discriminación 
Porque en realidad, la unión de personas del mismo sexo, que tienen el pleno derecho de gozar de todos los beneficios que están asociados al matrimonio, constituye un nuevo estado de familia. Entonces, me parece que así como existen el matrimonio, las uniones de hecho, o llamados concubinatos, las familias monoparentales; así como existen en la realidad las familias ensambladas, independientemente de que se pueda encontrar pendiente de resolución una sanción legislativa en cuanto a su encuadre, estos son estados de familia. Ahora, yo me pregunto: ¿estas realidades implican discriminaciones? ¡En absoluto! Son clasificaciones, categorías que establece el Derecho. ¿Y por qué son categorizaciones? Porque en su propia composición y su propia caracterización se diferencian; y la diversidad es parte del contexto que debe comprender el análisis jurídico y de Derecho para abordar este tema. Pues bien, desde el marco del derecho estarán obligados los legisladores de este país, a crear una nueva institución que no se como se la podrá llamar. Para definir y clasificar a estos fenómenos que están creciendo desmesuradamente en el mundo.

Esas son las dos formas en las que el mundo ha ido avanzando para reconocer derechos, tolerar, respetar y darles igual trato a los seres humanos; un trato respetuoso. En consecuencia, la primera explicación es que eso se tendrá que discutir con un alto respeto y una basta madurez. Tal vez, fruto de la intolerancia, que se ve reflejada en este debate dentro de la sociedad. El Matrimonio homosexual, o Unión civil es El Gran Dilema Ético- Moral del presente siglo.

Corresponsal en Washington: David Germán Vera.
Escrito por David Germán Vera.

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